miércoles, 29 de junio de 2016

Revalidacion de Titulos Profesionales Extranjeros en Dominicano...







Revalidacion de Titulos Profesionales Extranjeros en Dominicano...


La universidad del Estado Dominicano, cuenta con un departamento adscrito a la Vicerrectoría Docente, encargado del reconocimiento y revalida de títulos a profesionales egresados de universidades o centros de educación superior nacionales e internacionales, y las convalidaciones de asignaturas de estudios o profesiones previas en universidades o instituciones de educación superior nacional o internacional.
Lo que indica que este departamento es el facultado para admitir o negar la admisión a cualquier estudiante o profesional tanto local como extranjero.

Aquellos extranjeros con interés de revalidar o reconocer su profesión en el país, deben cumplir con todos los requisitos exigidos por el Departamento de revalidación y convalidación de la UASD, debo aclarar que los requisitos de las diferentes universidades dominicanas regularmente son los fundamentales sin embargo las documentaciones pueden variar de acuerdo a la especialidad o profesión, por ejemplo los profesionales de la medicina tienen requisitos especiales.

El reconocimiento de un título es, cuando una universidad acepta y certifica que determinado individuo es titular de una certificación de grado superior o de profesión otorgada por una institución nacional o internacional, o sea, no es mas que reconocer que la universidad o institución que ha entregado el título está legalmente establecida y que es reconocida en el país. Luego de confirmado este proceso, el profesional que tenga interés en ejercer su profesión fuera del territorio del cual posee su título, deberá revalidar el mismo en el territorio donde pretende ejercer.

La revalidación de un título, es el proceso mediante el cual, determinada universidad le da validez a un título el cual ha sido otorgado por otra universidad, en conclusión es el paralelo o símil entre un título y otro.

Cuando el interesado no ha finalizado con el grado y desea finalizar sus estudios superiores en la República Dominicana, podrá convalidar aquellas materias ya cursadas equivalentes a las asignaturas del pensum dominicano. Se toman en cuenta, los créditos, horas, y contenido de los programas de cada asignatura.

El departamento de Revalida y Convalidación se reserva la prerrogativa de solicitar otros documentos.

Los requisitos para revalidar títulos profesionales en el departamento de revalidación y convalidación de la Universidad Autónoma de Santo Domingo son los siguientes:

DOCUMENTOS NECESARIOS:1-
-->Instancia de solicitud, es una carta 
motivada con sus datos personales,
explicando porque le interesa ingresar a
la universidad dominicana, datos de la
institución que le ha otorgado el título
de grado
;

2- 
-->Pasaporte, y Tarjeta de residencia
permanente
; 

3-
 -->Récord de calificaciones otorgado por
la institución donde cursó el grado
;4- -->Título de grado, para este caso es
necesario que el interesado se dirija
ante las autoridades de educación
superior de su país para que certifique
la veracidad del título
; 

5-Certificar el programa de estudio
cursado (pensum) ante las autoridades
de la universidad de su país;
-->

6- 
-->Desglose por separado de cada una
de las asignaturas cursadas, firmados
y sellados en cada página por las
autoridades de la universidad
;

7-
Certificación otorgada por el
ministerio de educación superior de su
país, respecto a la condición de la
universidad donde ha cursado sus
estudios superiores, esto no es más
que una confirmación de que la
universidad es reconocida oficialmente
como tal;

8)Certificación de no antecedentes
penales, expedida por la autoridad
competente del lugar de residencia
donde el solicitante haya residido en los
últimos 3 años. 
--> 


-->
9)
-->Certificado de Nacimiento;

10)
-->Tres (3) fotografías recientes,
tamaño 2x2. Dos (2) fólder 8½ X 13 y

11)
--> Formulario debidamente
completado;

12) Pago por el procedimiento y trámite.

-->
Nota: De cada documento deberá depositarse el original más dos copias de cada uno, los documentos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 deberán ser legalizado por el consulado dominicano en el país de domicilio y residencia y homologado en la Secretaría de Relaciones exteriores dominicana. Los documentos 3 y 4 deberán ser sellados adicionalmente por la Secretaría de Educación Superior Ciencia y Tecnología. Los Documentos del punto 2, las copias deben ser a todo color. En caso de que aplique los documentos que estén en otro idioma que no es el español deberán ser traducidos legalmente, certificados por la procuraduría General de la República, en caso de que la traducción sea realizada fuera de República Dominicana, el consulado dominicano deberá legalizar la traducción y la Secretaría de Relaciones Exteriores homologar la esta legalización.

Advertencia: La información ofrecida en esta entrada, tiene un carácter puramente informativo, no constituye una consulta legal, ni puede ser utilizada como oficial. Los requisitos deben ser confirmados con las autoridades Dominicana competentes.

jueves, 23 de junio de 2016

REQUISITOS PARA LOS NO NACIONALES QUE DESEEN RESIDIR EN REPÚBLICA DOMINICANA.





Si usted ha decidido vivir permanentemente en República Dominicana o establecer una actividad comercial, es necesario que usted obtenga un documento oficial que le autorice a residir y trabajar legalmente en el país. En general, los ciudadanos de la unión europea, norteamericanos o canadienses, no necesitan visa para entrar a la Republica Dominicana, pero la máxima duración de su estancia es por 6 meses (para otras nacionalidades es de solo 3 meses) y NO SE LE ESTA PERMITIDO TRABAJAR, durante este periodo. Usted está considerado legalmente como turista en República Dominicana.

¿Qué documentos son necesarios para presentar con su solicitud de residencia dominicana?

  • Exámenes médicos (será realizado en Santo Domingo por doctores de Inmigración).
  • Copia completa (de todas las paginas) de su pasaporte
  • Tres series de su foto (frontal y perfil).
  • Certificado de Nacimiento legalizado, notariado y traducido oficialmente al español.
  1. Acta de nacimiento o Libro de familia (original o copia) debidamente legalizado por el consulado Dominicano de España o el Consulado Español de la República Dominicana. En caso de que el país de origen no sea España, traer una Certificación de Naturalización debidamente legalizado.
  2. Si está casado (a), Acta de Matrimonio (original o copia) debidamente legalizada por el Consulado Dominicano en España o el consulado Español de la República Dominicana. También se requiere una copia de la misma.
  3. Carta de garantía firmada por una persona física o jurídica dominicana o residente legal dominicano que se responsabilice respecto de las condiciones morales y económicas y de los gastos de manutención y repatriación. La carta debe estar debidamente notariada por un Notario Público Dominicano y legalizada en la Procuraduría General de la República. También se requieren tres copias de la misma.
  4. Cuatro copias de la Cédula de Identidad y Electoral o del carnet de residencia permanente dominicana vigente del garante.
  5. Si trabaja, carta de designación de la empresa donde trabaja. En ella constarán todos los datos personales del solicitante.
  6. Si es mayor de edad, certificado de buena conducta de la Policía Nacional de la provincia donde resida, más tres copias del mismo. Estos documentos tienen una validez de treinta (30) días.
  7. Formulario de solicitud de residencia, debidamente lleno a máquina o letra molde legible. Y tres copias del mismo por ambos lados.
  8. Recibo de pago de los exámenes médicos expedido por el Departamento Médico de la Dirección General de Migración. Este tiene validez por un (1) año. El costo es de RD$ 1.200 a partir de 16 años en adelante y de RD$ 900 para menores de 16 años.
  9. Los mayores de edad deberán presentar seis fotografías: cuatro de frente y dos de perfil. Los menores de edad presentarán cuatro fotografías: dos de frente y dos de perfil.
  10. Cuatro copias de la última hoja y de la última estampa de entrada del pasaporte.
  11. Para los adultos el costo del depósito de documentos es de RD$ 500, mientras que los adultos pagarán por los sellos de impuestos internos la cantidad de RD$ 280 y los menores RD$ 100,80. El costo de retiro de residencia es de RD$ 2.000.

Requisitos para obtener residencia permanente en la República Dominicana




Requisitos para obtener residencia permanente en la República Dominicana
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
Folder No.1
1.-Realizarse un examen médico autorizado por la Dirección General de Migración.
El examen médico es autorizado en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de Migración donde debe presentar los siguientes documentos:
Para realizar la autorización de este examen médico el extranjero debe traer:
a) Presentar carnet de Residencia Permanente original
b) (2) Fotocopias de la cara del Pasaporte donde están los datos personales
c) (2) Fotocopias del carnet de Residencia Permanente
d) (2) Fotocopia de la Cédula de Identidad Personal
e) La ausencia de cualquiera de estos documentos deberá ser avalada por una Denuncia de la Policía Nacional, con las especificaciones de lugar.
Autorizado el examen médico el extranjero deberá ir al laboratorio indicado y autorizado por esta Dirección General de Migración a realizarse los exámenes médicos.
Inmediatamente realizado el examen médico debe depositar un expediente que debe contener los siguientes documentos:
Folder No.2
Formulario de solicitud de cambio de categoría de temporal a Permanente;
Certificación de no antecedentes penales, emitida por la Procuraduría General de la República con treinta (30) días de vigencia.
Presentar el carné de Residencia temporal.
Copia de la Cédula de Identidad, y presentar el original, la cual será verificada por la D.G.M. con la Junta Central Electoral.
Seis (6) fotografías recientes tamaño 2 x 2 de frente y Seis (6) de perfil derecho, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas; fondo blanco, las fotografías deben ser el mismo juego de frente y de perfil derecho.
Pasaporte con dieciocho (18) meses mínimos de vigencia; la D.G.M. es flexible con el tema y considerara en cada caso la realidad de cada país y el rigor de sus normas en la expedición de los pasaportes.
Si solicita Residencia Permanente para cónyuge o conviviente, pasaporte, acta de nacimiento, acta de matrimonio o prueba de convivencia, según aplique, debidamente apostillada o legalizada, según corresponda;
Si solicita Residencia Permanente para hijos menores de edad, pasaportes, actas de nacimiento correspondientes, debidamente apostilladas o legalizadas, según corresponda
Prueba de solvencia económica(Carta de Banco donde indique que tiene un balance en los últimos seis meses de más de CIEN MIL PESOS (RD$100,000.00) , Matricula de Vehículos de fabricación del año 2007 en adelante, esta matricula no puede tener oposición ni ser exonerada, , Título de propiedad que este solamente a nombre del garante, debe traer el original para verificar validez del mismo, certificación mercantil de Negocio, Carta de trabajo donde especifique tiempo laborando y sueldo); en el caso de ser jubilado o pensionado o de ser rentista, constancia de la pensión o renta o de depósitos bancarios de que dispone para su manutención en la República Dominicana;
*En el caso de que un extranjero mayor de edad, soltero, económicamente dependiente por razones de estudios o discapacidad de sus padres, pueden ser avalados económicamente por éstos, quienes deberán hacer una carta de garantía especificando que es hijo mayor de edad aun dependiente económico, por eso su decisión de ser su garante. (Debe depositar declaración de solvencia económica y prueba de garantía).
El solicitante será citado para que comparezca a la D.G.M. a una entrevista ante un Oficial de Migración.
11.-Recibo del médico realizado en el departamento de extranjería de esta Dirección General de Migración.
Todos los documentos depositados en la D.G.M. se presentan en idioma español, acompañados de cuatro (4) juegos de copias en un folder de preferencia 8 ½ x 11, a los fines de archivo y depuración por parte de la D.N.C.D., D.N.I., INTERPOL y Policía Nacional. El original reposará en la D.G.M.
ESTE SERVICIO DEBE DE SER SOLICITADO EXCLUSIVAMENTE POR EL EXTRANJERO INTERESADO O POR REPRESENTACIÓN MEDIANTE PODER DEBIDAMENTE LEGALIZADO, (ARTÍCULO 125 DEL REGLAMENTO 631-11 PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY 285-04 SOBRE MIGRACIÓN).


IMPORTANCIA DE LA CEDULA DOMINICANA




La legislación dominicana permite la doble nacionalidad, permitiéndolo obtener la nacionalidad dominicana sin renunciar a su nacionalidad de origen.
La legislación dominicana establece diferentes formas para obtener los permisos de residencias y la ciudadanía dominicana.
Para muchos extranjeros interesados en no pagar impuestos sobre sus rentas de fuente externa al país de su nacionalidad, es indispensable que obtengan permiso de residencia en otro país.
El extranjero naturalizado como dominicano para todos los fines legales y de comercio recibe el mismo tratamiento de un dominicano.
Para trabajar legalmente en República Dominicana, la ley exige que el extranjero obtenga su permiso de residencia; de lo contrario, estaría en una situación anómala e ilegal.
El artículo 13 de la Ley 14-93, modificada por la Ley 146-00, libera a los extranjeros que vengan a residir definitivamente en el país de manera legal de la obligación de pagar gravámenes arancelarios por las importaciones de sus efectos personales y del hogar. El extranjero ilegal no se beneficia de esta disposición.
El extranjero transeúnte o ilegal no puede demandar en justicia ni a un dominicano ni a un extranjero residente sin el depósito previo de una fianza. El extranjero residente está exento de este requisito.
En caso de herencia, el beneficiario que no sea un residente legal de República Dominicana debe pagar un cincuenta por ciento (50%) adicional por encima de los impuestos sucesorales normales.
El extranjero residente no necesita comprar tarjeta de turismo para entrar a República Dominicana.
Entre otras.


Alquileres 23-06-2016

Alquileres 23-06-2016








Clasificados empleos 23-06-2016







miércoles, 22 de junio de 2016

Ofertas de Empleo 22 de Junio 2016





LO PRIMERO QUE DEBEN SABER AL SOLICITAR EL VISADO DE RESIDENCIA DOMINICANA

En los últimos meses se ha estado recibiendo muchas inquietudes de extranjeros que solicitan el visado de residencia en los distintos consulados dominicanos (principalmente en países latinos) y esta les es negada o rechazada.



COMO EVITAR QUE LE NIEGUEN EL VISADO DE RESIDENCIA DOMINICANA

Lo primero que deben saber es cual es su MOTIVO para querer residir en RD, de acuerdo a este deberán justificar y avalar a las autoridades porque vienen a residir a RD, como ustedes saben, no hay plazas de trabajo para todos los extranjeros, menos para los dominicanos (o al revés);

Si su motivo es venir para trabajar en R.D, las autoridades consulares le complican el visado de residencia. Como?

Les pedirán el contrato de trabajo, este debe ser registrado pero además que sea dentro de un campo o rama en la cual se haga imposible conseguir el mismo personal dominicano, a esto de acuerdo a la ley de migración se le denomina "Personal Técnico Profesional Calificado". El inconveniente es que al tener el contrato un tiempo definido las autoridades dominicana suponen que en este plazo el extranjero regresará a su país, por lo que le otorgan un visado de trabajo, negocios etc, con el cual al entrar a RD para completar el trámite le otorgarán un "Carné de trabajo" con este tiene derecho a trabajar en RD legalmente sin embargo, no adquiere entre otras cosas los "beneficios" de un residente.

Ahora bien, cuando su motivación es iniciar un negocio en RD, las autoridades suponen que vienen para abrir plazas de trabajos y contratar dominicanos desempleados, lo ven "perfecto" pero te complican cuando solicitan las documentaciones de la "empresa" como pueden tener las documentaciones de la empresa si no han venido nunca a RD? Le piden que constituya la compañías como turista y luego regrese, algunos adquieren compañías vía internet, que si bien es cierto los saca del apuro de la visa, luego tienen un dolor de cabeza con la Dirección General de Impuestos Internos, es como comprarse un problema a futuro, por lo que yo no recomiendo que compren compañías ya registradas. (Pero eso es otro asunto que no pretendo abundar, ustedes hagan lo que quieran!)

Si su motivo es por Jubilado / Retirado, las autoridades son más flexibles para estos, deben demostrar que reciben una pensión por retiro o jubilación de 1,500 Dólares mensuales.

Si su motivo es que vienen a vivir de sus ingresos, es lo ideal para las autoridades, porque suponen que vienen a traer dinero limpio para gastarlo en RD, jejeeje! Quien no quiere mangos bajitos?

Igual deben demostrar que estos ingresos son de 2,000 Dólares mensuales, que lo han estado recibiendo por un mínimo de 5 años consecutivos (anoten ese dato, 5 años) y que esa cantidad es el producto de intereses acumulativos.

Con estas dos últimas motivaciones, el costo de la residencia se triplica, tengan eso presente.

Si su motivo es que esta casado/a con un Dominicano/a el documento por excelencia es el certificado de matrimonio, el cual debe ser apostillado si fue realizado en el exterior o legalizado si el matrimonio fue en RD, y que el mismo tenga un mínimo de 6 meses de consumado. Cuales inconvenientes hay? Que muchas parejas extranjeras vienen de turistas contraen matrimonio y a los pocos días salen del país, no hay vida conyugal, ni relación legal entre la pareja, a usted no les parece raro? Pues a las autoridades también. Hagan vida legal en RD, alquilen un inmueble entre ambos, abran cuentas de ahorro a nombre de ambos, etc.

Respecto a los "Regularizados" por el Plan de Regularización de su presidente Danilo Medina. ja-ja!

Como ya lo había escrito en los inicios de éste, el Plan funcionará hasta que el carné de los regularizados expire, en ese plazo se necesitarán otros millones del Estado, para renovarlos o se inventan otra vaina. Se suponía que el regularizado sería dotado de una de las "Categorías Migratorias" establecidas en la ley de migración. Complicado? Hmmm! Veamos:

El Artículo 33 del Plan de regularización dice: (Ojo con el subrayado) "Plazo decidir la solicitud. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días prorrogables desde la recepción de la solicitud, el Ministerio de Interior y Policía adoptará la decisión que corresponda, siguiendo los criterios previstos en el presente Plan y la notificará al interesado o a su representante legal, así como a la Dirección General de Migración, a los fines de que proceda a dotar al interesado del estatus migratorio correspondiente".

Que quiere decir? Sencillo, que luego de que usted recibiese su carné de regularizado en el MIP, éste enviaría su expediente a la Dirección General de Migración, para que ésta previo a solicitarle los documentos faltantes lo incluyese dentro de una de las categorías migratorias establecidas en la ley de migración. Como cuales? Residente Permanente, Provisional o Temporal. Para que? Para que usted pueda dirigirse a la Junta Central Electoral y recibir su cédula de residente dominicano. Para que quiero cédula?, Con la cédula va al banco, con un carné de regularizado, no! Con la cédula solicitas licencia de conducir, con un carné de regularizado, no! Con la cédula estudias sin tener que pagar en dólares, con lo otro nanaina!

En fin, la cédula es lo que te da garantía de que estás legal en este país. Que está sucediendo? Que los primeros regularizados tienen casi dos años con su carné de regularizado y todavía la Dirección General de Migración y el MIP no saben cual es el siguiente paso. Se les va armar otro lío igual o peor!

Por aquí, todavía guardo la copia de un informe el cual remití en Julio del 2012 al Presidente de la República Dominicana y al Consejo Nacional de Migración para que éste fuese convocado, en vista de que el Director de entonces se mantenía violando la ley de migración constantemente, asumiendo funciones de Consejo y de Presidente. -

Me extendí con los regularizados, pero lo importante que deben saber es que, si quieren residencia deben solicitar su visado de residencia e iniciar su trámite en DGM, para lo cual deben renunciar a la regularización. "Este último dato es extraoficial"

Hasta secretos les doy

"Porque tomar la vida en serio, tiene sus riesgos"

Nacionalidad Dominicana por Matrimonio 2016

ANOTACIONES:

1- Acta o Certificado de Nacimiento;
2- Acta o Certificado de Matrimonio;
3- Cuatro (4) Fotografías, tamaño 2X2;
4- Copia de Cédula del esposo Dominicano;
5- Cuatro(4) copias color de cada documento;
6- Residencia Temporal dominicana por 6 meses;
7- Certificación de Residencia y Garantía;
8- Pasaporte Vigente del Beneficiario.

El Proceso ante las autoridades correspondientes tiene su fundamento en lo establecido en
-->el párrafo III de la Constitución Dominicana, el cual expresa lo siguiente:

III.- "La mujer extranjera que contrae matrimonio con un dominicano seguirá la condición de su marido, a menos que las leyes de su país le permitan conservar su nacionalidad, caso en el cual tendrá la facultad de declarar, en el acta de matrimonio, que declina la nacionalidad dominicana".

En tal sentido, dominicanos y extranjeros casados entre sí, regularmente buscan ayuda para conocer el proceso de adquisición de la nacionalidad dominicana y viceversa, luego de contraer matrimonio con el o la cónyuge.

Los esposos declaran de forma expresa la solicitud de nacionalización por matrimonio por ante el Secretario de Interior y policía.

El Acta de matrimonio de los esposos deberá estar, legalizada por el consulado Dominicano del país de nacimiento de la beneficiaria. La misma deberá estar traducida al español en caso que corresponda la traducción legal y la misma ser legalizada.

El Certificado de nacimiento del beneficiario, deberá estar legalizado por el consulado dominicano del país de nacimiento de la/el beneficiaria (o). Traducida al español (de ser necesario) y legalizada.

Certificación de nacimiento del esposo Dominicano, legalizado ante la Oficina del Estado Civil de Santo Domingo.

Es necesario que el matrimonio tenga de consumado más de seis meses.

Además la persona beneficiaria de la nacionalidad dominicana deberá comparecer a una entrevista en la cual debe responder preguntas del oficial dispuesto, respecto a ciertos aspectos nacionales históricos, políticos, constitucionales etc. por ejemplo de algunas preguntas: Mencione los nombres de los Padres de la Patria? Identifique los Colores de la Bandera Nacional? Nombre del actual Presidente de la República? Mencione el Nombre de un Partido político? entre otras preguntas específicas sobre el país.

Para finalizar informamos que estos requisitos son enunciativos y que pueden variar los requerimientos de las autoridades en cualquier momento, de un día a otro sin previo aviso, sin ningún soporte legal etc.

Tramites Ciudadanos Venezolanos que pueden hacer en la embajada de Venezuela de República Dominicana.


1 Autorización de Menores para emisión de cédula y Pasaporte
2 Autorización de Viaje Menor
3 Registro Consular
4 Registro de Defunción
5 Registro Electoral
6 Registro Matrimonio
7 Registro Nacimiento
8 Certificados de inscripción consular
9 Certificado de Nacionalidad
10 Certificado de Uso
11 Certificado de Antecedentes Penales
12 Certificación Licencia de Conducir
13 Fé de vida
14 Pasaportes Menores de Edad
15 Pasaportes Mayores de Edad
16 Documento de viaje o Carta de Ruta
17 ¿Qué hacer si ha perdido el pasaporte?
18 Remesa Estudiante
19 Remesa Familiares
20 Remesa Pensionados/Jubilados
21 Poderes
22 Reconocimiento Posterior

DIRECCION DE LA SECCION CONSULAR

Calle Ramón del Orbe, entre calles Lic. Ángel María Liz y Av. Privada, Mirador Sur #7 detrás de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela

Tel.: 809-537-8882 809-537-8780

Valor de las residencia temporal y definitiva en República Dominicana

Aquí este es el valor de las residencia temporal y definitiva de la República Dominicana, se les hace saber que solo están los valores, en cuanto tengamos la información de cómo se hace el proceso y el valor total de los gatos que acarrea será publica, esto es con fines de que cada quien tenga una idea aproximada.

Se hace saber que para saber cual es el valor en dolares dividanlo entre 46, es decir cada dolar vale 46 pesos.

RESIDENCIA TEMPORAL


DE-RT-01-01 Solicitud de residencia temporal 10,000.00

DE-PRT-01-01 Solicitud de prórroga para depósito expediente para residencia temporal 4,000.00

DE-CC-01-03 Pérdida de constancia de cédula 2,500.00

RENOVACION DE RESIDENCIA TEMPORAL


DE-RT-01-02 Solicitud de renovación de residencia temporal 5,000.00

RESIDENCIA PERMANENTE


DE-RP-01-01 Solicitud de residencia permanente 12,000.00


RENOVACION DE RESIDENCIA PERMANENTE


DE-RP-01-02 Solicitud de renovación de residencia permanente 12,000.00

DE-RPE-01-02 Solicitud renovación residencia permanente españoles 14,000.00

DE-RP-01-03 Atrasos renovación de residencia permanente 600.00

RESIDENCIA DEFINITIVA


DE-RD-01-01 Solicitud de residencia definitiva 20,000.00

DE-RD-01-02 Actualización carnet residencia definitiva (5 años) 2,500.00


Prórroga para solicitud de depósitos de expedientes con fines de Residencia


DE-CCM-01-01 1 A 4 MESES 5,000.00
DE-CCM-01-02 5 MESES 6,000.00
DE-CCM-01-03 6 MESES 7,000.00
DE-CCM-01-04 7 MESES 8,000.00
DE-CCM-01-05 8 MESES 9,000.00
DE-CCM-01-06 9 MESES 10,000.00
DE-CCM-01-07 10 MESES 11,000.00
DE-CCM-01-08 11 MESES 12,000.00
DE-CCM-01-09 12 MESES 13,000.00
DE-CCM-01-10 1 AÑO EN ADELANTE 16,000.00

Permiso para permanecer en la República Dominicana

República Dominicana. Es uno de los estados en los que no pueden permanecer turismo perenne. Aunque aquí las leyes son muy flexibles, se debe sacar la residencia después de 2 meses de estancia.

El gobierno dominicano adoptó una buena política con los extranjeros que quieren vivir en la República Dominicana. Ya que el Estado es consciente de que los extranjeros traen dinero (la mayoría).


El permiso para permanecer como turista

Para permanecer en la isla y vivir como un turista  sin permiso (aunque se puede hacer sin ningún problema, hasta ahora), sólo tiene que pagar cuando sale del país, una multa por el tiempo excedido al permitido, que es de un mes.

El gobierno dominicano, sin embargo, hace pagar una "multa" a todas las personas que viven en la República Dominicana sin tener el permiso de residencia. No lo echan del país si no tiene la residencia.

Al entrar en la República Dominicana hay que pagar una cuota para permanecer en el país, válida por un mes, que es de 10 $. Después de este periodo tendrá que pagar una multa, que dependerá del tiempo que lleve en la República Dominicana. 

No ponemos una lista de precios porque cambian contínuamente, pero para que se haga una idea, tendrá que pagar alrededor de 10 $ por cada mes. Haciendo un cálculo rápido, se puede decir que si se queda en el país durante un año, cuando vuelva a casa, en el aeropuerto tendrá que pagar una multa de alrededor de 3.600 pesos, que son unos 72 euros.


Permiso de residencia

La mayoría de la gente solicita su residencia en la República Dominicana, porque es sencillo. No hay restricciones como en otros países. Lo importante es disfrutar de buena salud y no tener antecedentes penales.

El único inconveniente es el precio que hay que pagar para tener la residencia, que es de alrededor elevado, contando con un abogado para seguir todo el proceso.

El precio es tan alto porque el Estado dominicano quiere muchas  pruebas clínicas que demuestren la buena salud del demandante. Además, se tienen que hacer muchos viajes a la capital (Santo Domingo).

Después de un proceso de 3-4 meses usted tendrá la residencia temporal de un año, y luego al año siguiente, unos pocos días antes de que expire, deberá renovarla mediante el pago de unos 40-50 euros. Será definitiva y válida por dos años.

Los que piden la residencia, podrán tener  un documento de identidad dominicana, "cédula" (nuestra tarjeta de identidad), y los residentes legales en el país no tendrán que pagar ninguna multa, cuando salgan del país.